En el mundo actual globalizado en que vivimos, las empresas manufactureras y consumidores mundiales buscan al mejor proveedor para nuevos productos, ya sean materias primas, maquinaria, tecnología y artículos de consumos novedosos, siempre con la mejor calidad, al precio justo y mayor competitividad.
Esta demanda ilimitada es el principal atractivo dentro de los mercados internacionales.
Para obtener parte de este gran beneficio, es indispensable saber cotizar para ofrecer y lograr conquistar un nuevo cliente y así incrementar nuestras ventas. Con ello se alcanza la ventaja comparativa.
La competencia feroz no sólo se siente en el extranjero, también en el mercado nacional, por ello debemos de prepararnos y actualizarnos para ganar tanto los mercados internos y externos.
Planear adecuadamente nuestra logística basándonos en la mayor y mejor información para alcanzar la competitividad deben ser nuestras metas si queremos incursionar en el comercio exterior con éxito dentro de la globalización.
=== LA COTIZACIÓN COMO BASE DE LA NEGOCIACIÓN COMERCIAL ===
En el entorno del comercio exterior actual, sería difícil realizar operaciones de importación y exportación sin reglas aceptadas en el ámbito internacional que señalen las obligaciones y derechos del comprador y vendedor.
Actualmente dos grupos de términos prevalecen en las operaciones mundiales
- Los INCOTERMS 2000, (INTERNATIONAL COMMERCE TERMS) de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), que son los términos internacionales de compra venta, contratación, cotización y comercio universalmente aceptados.
- Los RAFTDS términos norteamericanos llamados “Definiciones Revisadas del Comercio Exterior norteamericano (Revised American Foreign Trade Definitions) de la Cámara de Comercio de los Estados Unidos de Norteamérica.
TÉRMINOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL
Al ser las actividades de compra – venta entre personas y empresas de dos o más países con tradiciones, costumbres y leyes diferentes, la Cámara de Comercio Internacional vio la necesidad de establecer los Términos de compra – venta que definieran las obligaciones a cumplir tanto los vendedores como compradores internacionales en este tipo de operaciones. Términos que en caso de disputa internacional sirvieran como base para dirimir las diferencias entre las partes.
Así, en la reunión de 1936 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI por sus siglas en inglés) fueron definidos los INCOTERMS. Desde entonces han sufrido varias modificaciones y actualizaciones. Las más recientes en 1980, 1990 y las vigentes del 2000.
El objetivo principal de los INCOTERMS es facilitar las operaciones de comercio exterior así como establecer un conjunto de términos y reglas de carácter facultativo, que establecen los derechos y las obligaciones tanto del vendedor como del comprador en las transacciones comerciales internacionales, por lo que se pueden utilizar en cotizaciones, pedidos y contratos de compraventa internacional.
Con los INCOTERMS, los compradores y vendedores internacionales tiene certidumbre en la interpretación de los términos negociados entre ellos ya que se aplican reglas internacionalmente uniformes.
Igualmente, los INCOTERMS constituyen una base para las transacciones comerciales, porque delimitan a detalle los derechos, las responsabilidades y las obligaciones entre comprador y vendedor, haciendo una referencia directa al modo de transporte que se utiliza y al lugar de origen y donde se entrega la mercancía, así como los trámites, gastos y pagos a realizar cada parte.
En cuanto a éste último punto, los INCOTERMS regulan tres aspectos básicos relacionados con el lugar de la entrega:
1.- Transferencia de riesgos entre comprador y vendedor (responsabilidad)
2.- Costos a cuenta del comprador y vendedor, y
3.- documentación, trámites y gestiones ante autoridades gubernamentales (por ejemplo: aduanas, permisos, licencias, gravámenes, documentos) y agentes privados (por ejemplo: transportistas, aseguradoras, agentes aduanales, etc)
TERMINOS DE VENTA INTERNACIONALES Y OBLIGACIONES QUE
IMPLICAN PARA EL VENDEDOR Y COMPRADOR
INCOTERMS
EXW GRUPO E 1 EXW ExWorks Fuera de fábrica
Domicilio del vendedor
_____________________________________________________________________________________
FRC GRUPO F 1,2 3 FCA Free Carrier Libre a Bordo
FOT/FOR Transportación principal Transporte.
Internacional sin pagar
FOA 4 FAS Free Alongside Libre Junto al Ship Barco
FOB Free on Board 4 FOB Free on Board Libre a Bordo
_____________________________________________________________________________________
CAF GRUPO C 4 CFR Cost and Freight Costo y Flete
Transportación principal
CIF Internacional Pagado 4 CIF Cost insurance and Costo Seguro y
Freight Flete
DCP 1 CPT Carriage Paid to.... Flete Pagado a
CIP 1 CIP Carriage and Flete y Seguro
Insurance Paid to.... Pagado a
_____________________________________________________________________________________
DAF GRUPO D 1 DAF Delivered at Entrega en la
Frontier. Frontera
EXS 4 DES Delivered Entregado Fuera
Ex Ship. del Barco.
EXQ 4 DEQ Delivered Entregado Fuera
Ex Quay. Del Muelle.
1 DDU Delivered Duty Derechos de
Unpaid. Aduana Sin Pagar.
DDP 1 DDP Delivered Derechos de Aduana
Duty Paid Pagados.
_____________________________________________________________________________________
1.- Cualquier tipo de transporte incluido el multimodal. E - Lugar de Producción
2.- Transporte Aéreo. F.- País del vendedor sin flete principal
3.- Transporte Ferroviario. C - Flete principal incluido hasta puerto de
4.- Marítimo y Fluvial entrada del comprador.
D - Entregado en país del comprador
Estos INCOTERMS se representan por tres letras siendo las iniciales de las palabras del término, ejemplo: FOB Free On Board y debe ir seguido de una ciudad y país, ejemplo:
FOB Veracruz México y traducido al español sería LAB Libre A Bordo= LAB Veracruz México, significando que es un precio puesto en la ciudad de Veracruz.
Es obligatorio de usar un INCOTERM en documentos aduanales, cotizaciones, contratos, pedidos, cartas de crédito, talones de embarque, etc. Estos términos siempre se escriben en inglés.
Al utilizar uno de estos INCOTERMs se da por aceptado tácitamente que tanto el comprador como el vendedor conoce y acepta las reglas que implica el término.
Clasificación de los INCOTERMS 2000
Los INCOTERMS se clasifican en dos formas:
1.PorGrupos
2. Por tipo de Transporte que se utilizará.
Por Grupos. Esta clasificación se conoce por la primera letra de las siglas del INCOTERM, que pueden ser:
GRUPO E = |
Exit (en punto de salida u origen, puesto en el lugar de producción o distribución dentro del país del vendedor o productor)
EXW |
GRUPO F = |
Free (Dentro y cargado en el transporte que lo llevará al comprador, pero sin pagar el flete internacional) este INCOTERM se usa para cotizaciones entregando en puertos de salida: terrestres, marítimos o aéreos en el país del vendedor.
FCA, FOB, FAS |
GRUPO C = |
Cost (costo con flete internacional incluido) puertos de entrada del pais del comprador.
CFR, CIF, CPT, CIP |
GRUPO D = |
Delivered (entregado en destino del país comprador) con gastos dentro del
país del destino final.
DAF,DES, DEQ, DDU, DDP |
Los términos que inician con las letras E y F son entregados en el país de origen, y los que inician con C y D son entregados en el país de destino.
Categoría E: EXW, Único término en que la mercancía se pone a disposición del comprador en el domicilio del vendedor.
Categoría F: FCA, FAS y FOB.,Términos en los que al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador,dentro del pais vendedor.
Categoría C: CFR,Y CPT . El vendedor contrata el transporte a sus expensas, sin asumir algún riesgo ni responsabilidad sobre la mercancía una vez que ésta ha sido embarcada.
En el caso de CIF y CIP el seguro y el riesgo va por cuenta del vendedor.
Bajo estos términos, el vendedor asume obligaciones de embarque.
Categoría D: DAF, DES, DEQ, DDU Y DDP. El vendedor asume todos los costos y riesgos hasta entregar la mercancía en el lugar de destino acordado. Bajo estos términos, el vendedor asume obligaciones de entrega en destino final.
Tipo de Transporte. Los modos de transporte apropiados para el uso de los INCOTERMS 2000 se clasifican de la siguiente manera:
M = Marítimo o fluvial |
FAS
FOB
CFR
CIF
DES
DEQ |
T = Transporte terrestre |
EXW
FCA
CPT
CIP |
MO = Multimodal o sea cualquier tipo de transporte (terrestre, aéreo y marítimo) o cualquier combinación de estos mismos. |
FCA
CPT
CIP
DAF
DDU
DDP |
A = Aéreo |
FCA
CPT
CIP |
INCOTERMS 2000
Obligaciones permanentes del vendedor y del comprador
Cabe aclarar que el vendedor está obligado a envasar y embalar la mercancía. Por lo tanto, esta disposición es aplicable a todos los INCOTERMS, recomendando que se asienten en el contrato de compraventa las características del envase y las del embalaje, de acuerdo con el transporte y el tipo de mercancía.
Asimismo, el vendedor tiene por obligación el embalaje de la mercancía marcando adecuadamente en el mismo las instrucciones de cuidado y características como pueden ser: contaminante, refrigerado, frágil, radiactivo, producto químico, no dejar en lugar húmedo o bajo la lluvia, etcétera.
Nota: La siguiente presentación de obligaciones es un resumen de las diez cláusulas que establece la CCI Cámara Internacional de Comercio para estos INCOTERMS, si se desea conocer el detalle de cada una de estas cláusulas deberá consultar el documento oficial completo.
EXW (en fábrica)
EX WORKS
(...en lugar convenido) |
El vendedor cumple su obligación una vez que pone la mercancía en su establecimiento (fábrica, taller, almacén, etc.) a disposición del comprador. Por tanto, no es responsable, ni tiene obligación sobre la carga de la mercancía en el vehículo proporcionado por el comprador, ni ninguna otra correspondiente a seguros, transporte o despachos y trámites aduaneros de la mercancía. El comprador corre con todos los gastos desde que la mercancía es puesta a su disposición en el lugar convenido. Es importante aclarar al comprador los horarios de carga del almacén, fecha a partir de la que podrán realizar la carga, e incluso si la mercancía o el embalaje utilizado necesitarán alguna medida o condición especial. Es el único INCOTERM en el que el vendedor no despacha la aduana de exportación; sin embargo, sí debe proveer la ayuda y los documentos necesarios para ello. |
FCA (franco transportista)
FREE CARRIER
(...lugar convenido) |
El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando ha entregado la mercancía; elaborado la documentación respectiva que la respalda, ya despachada de aduana para exportación, a cargo del transportista nombrado por el comprador, en el lugar o punto de entrega al embarque internacional fijado para ello. |
FAS (franco al costado del buque)
FREE ALONGSIDE SHIP
(...puerto de carga convenido) |
El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando ha depositado la mercancía al costado del buque, sobre muelle o barcaza (atención a los usos y costumbres del puerto o del sector, así como a las características técnicas del puerto de carga para evitar sobrecostes), en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta este momento. En la versión 2000, el vendedor corre con la obligación de despachar en la aduana de exportación. El comprador corre, a partir de este momento con todos los costes y riesgos de la mercancía. Este término se utiliza cuando la mercancía es de manejo especial, peligroso, contaminante o de fácil descomposición y refrigerado.
Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usado en transporte marítimo o fluvial. Suele ir acompañado del puerto de carga elegido; por ejemplo: FAS VERACRUZ, MÉXICO, según INCOTERMS 2000.
Para su uso se recomienda que se especifique el puerto de embarque acordado en donde se entrega la mercancía. |
FOB (franco a bordo)
FREE ON BOARD
(...puerto de carga convenido) |
El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando la mercancía, ya despachada de aduana para exportación, ha sido entregada a la línea naviera y sobrepasado la borda del buque designado, en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta este momento. El comprador corre, a partir de este momento, con todos los costes y riesgos de la mercancía. Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo y fluvial. Suele ir acompañada del puerto de carga elegido; por ejemplo: FOB VERACRUZ, MÉXICO.
En la versión 2000, en el FOB estibado debe ser pactado expresamente por las partes como queda el reparto de gastos y riesgos del estibado de las mercancías a bordo del buque. |
CFR (coste y flete)
COST AND FREIGHT
(...puerto de destino convenido) |
El vendedor tiene la obligación y responsabilidad de contratar el flete marítimo internacional y ha de pagar los costes: lo que incluye todos los gastos de exportación, despacho aduanero y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido, hasta el puerto de entrada del comprador. No obstante el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía haya traspasado la borda del buque corren por cuenta del comprador. Igualmente, corren por cuenta de éste los gastos de descarga en el puerto de destino (aunque hay algunas excepciones a esta regla). Suele ir acompañada del puerto de destino elegido; por ejemplo: CFR BARCELONA (ESPAÑA). Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo y fluvial. |
CIF (coste seguro y flete)
COST, INSURANCE AND FREIGHT
(...puerto de destino convenido) |
El vendedor tiene las mismas obligaciones que en el apartado anterior, CFR, pero además incluye bajo su cargo y responsabilidad la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente durante el transporte de las mercancías. Hay que destacar que este seguro sólo tiene obligación de ser de "cobertura mínima", si desea mayor cobertura deberá ser pactado expresamente. Debe aclararse que el riesgo sigue siendo por cuenta del comprador desde que la mercancía cruza la borda del buque, pero el vendedor tiene la obligación de contratar el seguro al que hemos hecho referencia. Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañada del puerto de destino elegido; por ejemplo: CIF HAMBURGO, ALEMANIA.
En la versión 2000, en el CIF estibado debe ser pactado expresamente por las partes cómo queda el reparto de gastos y riesgos del estibado de las mercancías. |
CPT (transporte CPT Flete pagado hasta)
CARRIAGE PAID TO
(...lugar de destino convenido) |
El vendedor ha de pagar los costes y el flete internacional necesario para hacer llegar la mercancía al punto de destino convenido, lo que incluye todos los gastos y licencias de exportación, despacho aduanero incluido, No obstante el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía haya sido entregada al transportista, corren por cuenta del comprador. Igualmente, corren por cuenta de éste los gastos de descarga, aunque con alguna excepción, en el punto de destino. CPT NOGALES SONORA, MÉXICO. |
CIP (transporte y seguro pagado hasta)
CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO
(...lugar de destino convenido) |
El vendedor tiene las mismas obligaciones que en el apartado anterior, CPT, pero además incluye bajo su cargo y responsabilidad la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente durante el transporte de las mercancías. Debemos indicar que este seguro solo tiene obligación de ser de "cobertura mínima", sí desea mayor cobertura deberá se pactado expresamente. Hay también que aclarar que el riesgo sigue siendo por cuenta del comprador desde que la mercancía es entregada al transportista, pero el vendedor tiene la obligación de contratar y pagar el seguro al que hemos hecho referencia. Esta posición de INCOTERM puede ser usada en cualquier tipo de transporte, incluido el multimodal. CIP BUFFALO, CANADA. |
DAF (entrega en frontera)
DELIVERED AT FRONTER
<...lugar convenido> |
El vendedor debe cubrir los gastos de transporte hasta el punto de entrada del país comprador y cumple su obligación de entrega cuando haya despachado su mercancía en la aduana de exportación, y la reciba el agente aduanal externo en el punto y lugar convenido en la frontera, punto que, como regla general, define la Autoridad Aduanera del país, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega, y el comprador desde la recepción de la mercancía. Suele usarse para transporte terrestre, ferrocarril y carretera, pero nada impide que se pueda usar con los restantes. Es muy importante comprobar que la Aduana designada está preparada y habilitada para despachar nuestra mercancía. Ejemplo: precio $ 7.95 US Dólares DAF NUEVO LAREDO, MÉXICO o DAF LAREDO, TEXAS USA. |
Advertencia: Sugerimos NO utilizar los INCOTERMS del Grupo "D" aquí abajo mencionados, pues incluyen gastos dentro del país del comprador que son difíciles de contratar y controlar, en las primeras exportaciones. |
DES (entrega sobre buque)
DELIVERED EX SHIP
<...puerto de destino convenido> |
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, a bordo del buque, en el puerto de destino acordado a disposición de del comprador; ya despachada en la aduana de exportación. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega (buque atracado y listo para descargar), y el comprador desde la recepción de la mercancía. Sólo se usa para transporte marítimo o fluvial. Suele ir acompañado del puerto de destino elegido. |
DEQ (entregada en muelle)
DELIVERED EX QUAY
(...puerto de destino convenido) |
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía sobre el muelle del puerto de destino acordado, a disposición del comprador. En los INCOTERMS 2000 desaparece la obligación de despachar de aduana de importación por parte del vendedor, y ésta debe ser pactada por las partes expresamente. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega (excepto pacto expreso). Sólo se usa para transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañada del puerto de destino elegido, por ejemplo:
DEQ BARCELONA (ESPAÑA). Pueden excluirse, mediante pacto expreso e indicándolo así en el INCOTERM, determinados conceptos, del pago por el vendedor, pasando a ser pagadas por el comprador (DEQ BARCELONA, VAT UNPAID). Es interesante especificar que pasaría si, por causas de fuerza mayor, no se pudiese realizar la descarga en el punto indicado; por ejemplo, huelga, catástrofe, etcétera. |
DDU (entregada derechos no pagados)
DELIVERED DUTY UNPAID
(...lugar de destino convenido) |
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, en el punto de destino acordado, a disposición del comprador, ya despachada de aduana de exportación. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega. Puede utilizarse con independencia del medio de transporte elegido. Suele ir acompañada del lugar de destino elegido; por ejemplo DDU PORTO ALEGRE BRAZIL. Los aranceles de importación por cuenta del comprador. |
DDP (entregada derechos pagados)
DELIVERED DUTY PAID
(...lugar de destino convenido) |
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, en el punto de destino acordado, a disposición del comprador, ya despachada de aduana de exportación e importación, y con todos los gastos y aranceles de importación pagados. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega. Puede utilizarse con independencia del medio de transporte elegido. Suele ir acompañada del lugar de destino elegido, por ejemplo DDP VALPARAISO, CHILE. |
Consideraciones de Aplicación de los INCOTERMS
Es importante destacar la utilidad de los INCOTERMS cuando se negocia un contrato, ya que, en caso de duda, con ellos se aclara plenamente la posición jurídica.
Cabe indicar que los INCOTERMS, si bien definen con claridad los derechos y las obligaciones que contraen tanto la parte vendedora como la parte compradora, son a la vez flexibles y permiten que se adapten a las contingencias del comercio internacional. Si aún así restringieran una operación concreta, los INCOTERMS pueden aclararse o especificarse con consideraciones especiales plasmadas claramente en el contrato de compraventa.
Normalmente, es deseable que el despacho en la aduana lo efectúe la parte domiciliada en el país en que se ha de hacer, o por lo menos, por alguien que actúe en su nombre. Así, el exportador suele encargarse del despacho de exportación, mientras que el importador hace lo propio con el de importación. La versión de INCOTERMS 2000 aplica este criterio cuando se emplean TODOS los términos y La excepción se aplica en el término EXW cuando es el comprador quien tramita el manejo aduanal en la exportación.
Algo similar sucede con todos los INCOTERMS en los que el comprador se encarga del despacho de importación en la aduana de destino, salvo el término DDP en el que el vendedor es quien realiza el despacho aduanal. En este último caso, ambas partes deben asumir cualquier riesgo, como las prohibiciones y las restricciones, así como contar con el consentimiento de la autoridad de ese país para que los despachos aduaneros los efectúen personas no domiciliadas en ese país o registradas para efectos de impuestos internos.
Salvo exigencia expresa del comprador, evite usar cualesquier otros términos de negociación ajenos a los INCOTERMS, en cuyo caso es recomendable hacer las precisiones y acotaciones necesarias en el contrato de compraventa respectivo.
LOS TERMINOS NORTEAMERICANOS RAFTDs
Los RAFTD (Revised American Foreign Trade Definitions). Los términos norteamericanos llamados Definiciones Revisadas del Comercio Exterior norteamericano (RAFTDs, por sus siglas en inglés) de la Cámara de Comercio de Estados Unidos de América, se establecieron en 1919, y su última revisión fue en 1941.
No obstante que estas definiciones se DEROGARON en 1985, con el fin de adoptar los INCOTERMS para el uso diario, aún se siguen utilizando por costumbre en las operaciones comerciales realizadas por algunos norteamericanos.
Las RAFTD no son de uso obligatorio; la validez se la dan las partes en el momento en que acuerdan sus derechos, obligaciones y el precio de las mercancías, mediante los convenios y contratos establecidos.
Las definiciones tienen diferentes variantes. El término Ex-works presenta seis variantes, y el FOB, otras tantas, estas variaciones son de lugar y gastos que se convienen al momento de firmar los pedidos o contratos de compraventa.
A continuación se indican los diferentes tipos de RAFTD con sus variantes:
- Ex w(punto de origen)
- FOB (libre a bordo)
- FOB Vessel (embarcación)
- FOB (punto de destino o de entrega o de recibo)
- FAS
- C&F
- CIF
- EX - DOCK
Por otra parte, si se recibe una cotización de Estados Unidos y hay duda de si están empleando RAFTDs o INCOTERMS, es preciso aclararlo con el comprador o proveedor, ya que los derechos y obligaciones del vendedor pueden cambiar si se emplean los términos RAFTD. Por último, también se recomienda que al utilizar los RAFTD se incluya en los contratos o cotizaciones escritas la siguiente leyenda: Quotation Subjet to the Revised American Foreign Trade Definitions 1941 (Cotización sujeta a las Definiciones Revisadas de Comercio Exterior Norteamericano de 1941).
También cuando se envíe una cotización a los norteamericanos se sugiere que se mencione después del nombre de la ciudad y país: INCOTERMS 2000. Ejemplo: FOB GUAYMAS SONORA, MÉXICO INCOTERMS 2000.
Como estos términos norteamericanos tienen muchas excepciones y añadidos por cotización, les sugerimos utilizar preferentemente los INCOTERMS para evitar futuros mal entendidos y disputas.
Elementos de la cotización de exportación
Los principales datos y números a tomar en cuenta para lograr obtener una cotización de exportación son los siguientes:
- Costos internos de fabricación
- Costo de presentación, empaque, protección, gastos administrativos inherentes a la exportación, comisiones de venta, comisiones bancarias.
- GASTOS DE EXPORTACIÓN.-Costes y gastos de operación necesarios para situar nuestro producto en el sitio de salida o lugar pactado con el cliente internacional .
- Utilidad en la Operación
Costo Interno de Fabricación
- Materia prima. Costo por concepto de los insumos o bienes, que se requieren directamente en el proceso productivo.
- Mano de obra. Costo del trabajo humano directo indispensable en la fabricación.
- Materiales y Mano de Obra Indirecta. Costes en que se incurren con motivo de la fabricación y que son distintos de los dos anteriores, por ejemplo, empaque y etiquetación especial para exportación, control de calidad específico para cliente internacional.
Costo de preparación y venta para exportar
El costo de fabricación incluye todos los conceptos relativos a la elaboración de un producto hasta que éste se encuentra en bodega. Todo el esfuerzo posterior para lograr que el consumidor lo adquiera constituye el costo de comercialización, entendido éste como los gastos en que se incurra por las siguientes actividades, entre otras:
- Empaque especial de exportación para protección y presentación del producto, con las medidas de las cajas o empaque que permitan la plena utilización del espacio del contenedor
- Etiquetas e información que debe de contener el producto para cumplir con las especificaciones oficiales requeridas por el país comprador
- Envío de muestras y documentación, para promover el articulo
- Comisión de ventas, ya sea a un vendedor de la planta o a una comercializadora especializada
- Comisiones bancarias, personal que controla la exportación, documentos y tramites.
Gastos de Operación para Exportación
Los gastos que se realizan para la exportación son de acuerdo al INCOTERM escogido para empezar a ofrecer internacionalmente.
- 1) SI COTIZAMOS E : EXW ex.work nuestra planta, el único gasto extra es el empaque y su lista de empaque respectiva (así como la documentación para respaldar la venta al exterior.
-
- 2) SI COTIZAMOS DEL GRUPO F: FCA PUERTO FRONTERIZO ES NECESARIO CONTEMPLAR LOS SIGUIENTES GASTOS:
- a)documentación para exportación
- b)flete terrestre de la planta al puerto fronterizo ejemplo: flete México-Nvo. Laredo
- c)seguro contra riesgos de transporte y trafico terrestres
- d) agente aduanal nacional, así como maniobras en la frontera
- e)tramites especiales de exportación, como documentos consulares, licencias fitosanitarias, controles de calidad, etc.
al sumar al costo de producción los puntos de a) a e) se obtiene la cotización FCA PUERTO TERRESTRE FRONTERIZO EJEMPLO: FCA NVO. LAREDO TAMS, MÉXICO
3) SI COTIZAMOS DEL GRUPO F: FOB PUERTO MARÍTIMO DE SALIDA DEL VENDEDOR
SERIAN LOS MISMOS ELEMENTOS QUE LA COTIZACION ANTERIOR 2), PERO EN EL PUNTO B) EL FLETE DEBERA SER MÉXICO-VERACRUZ, Y ENTONCES OBTENEMOS LA NUEVA COTIZACIÓN FOB VERACRUZ, MÉXICO
- SI COTIZAMOS DEL GRUPO C: PARA LLEGAR AL INCOTERM CFR: A LA COTIZACIÓN FOB VERZCRUZ LE AÑADIMOS EL FLETE MARÍTIMO INTERNACIONAL POR EJEMPLO VERACRUZ-HAMBURGO Y YA EL FOB VERACRUZ SE CONVIERTE EN CFR HAMBURGO ALEMANIA
- SI COTIZAMOS DEL GRUPO C: CIF SOLO TENDRÍAMOS QUE AGREGARLE A LA COTIZACIÓN CFR EL SEGURO DE RIESGO INTERNACIONAL Y CONSEGUIMOS COTIZAR CIF HAMBURGO ALEMANIA.
EL PRECIO DE EXPORTACIÓN:
COMO COTIZAR PARA EL MERCACO INTERNACIONAL
Ahora que vivimos un mundo de economía y producción globalizados, ya no es necesario salir al mercado externo para sentir y padecer la competencia internacional.
El mercado es el Motor que mueve y da a las empresas negocio y utilidades, las cuales al ser repetitivas generan el capital necesario para hacerlas crecer y fortalecerse.
Lo países como Alemania, Taiwán, Japón deben en gran parte su desarrollo al mercado internacional, el cual les ha dado una mayor cantidad de compradores y consumidores que los habitantes de sus propios mercados.
Tan importante es para todos que nadie desea perder esa rebanada, que ya han conquistado, lo que provoca que la competencia sea feroz, para lograr mantener e incrementar ese consumo, esta competencia la resiente cada vez mas el empresario mexicano para lo cual no ha estado preparado y es urgente que se capacite para sobrevivir y salir fortalecido.
También como el mercado mexicano tiene ya varios años con decremento en el consumo y con una serie de productos importados a mejores precios y mejor presentación y calidad, que también le han restado compradores. Por lo que ahora es necesario que se prepare y aprenda a cotizar para el mercado exterior para darse cuenta en donde tiene oportunidad de mejorar la competitividad y el darse cuenta porque los productos de los competidores llegan a menores precios.
Es URGENTE capacitarse para enfrentar la globalización en forma satisfactoria, y una de las principales armas para atacar el mercado mundial es la cotización internacional, que nos muestra la competitividad que tenemos y como mejorarla e incrementarla.
El mercado de exportación ha sido el motor de la economía mexicana durante muchos años y ahora mas que nunca el empresario debe estar siempre listo para participar de esta energía que PROVOCA estar preparado para ampliar su mercado y tener fortaleza para enfrentar a la competencia DE LOS FABRICANTES INTERNACIONALES quIeNES Constantemente están actualizando sus procesos productivos y haciendo alianzas y combinaciones:
de proveedores, DE materiales y tecnologías para conservar el mercado ya conquistado.
La exportación es una buena alternativa para salir y enfrentar a la crisis, e incrementar el mercado, que permitirá ser mas eficiente y bajar los costos de producción y aprovechar las instalaciones.
METODOLOGIA
1) Aquí presentamos una disciplina practica para cotizar tomando como base el costo de producción y agregaremos los gastos y costos de operación para llevar nuestros productos al puerto internacional de salida ya sea terrestre, marítimo o aéreo.
No entraremos en el problema de costos internos de las empresas pues son complejos y cada una tiene su propio método de calcular los costos de producción, Según su situación económica, financiera y de mercado, así como suS proyecciones y metas futuras que desea lograr.
2) Conoceremos los incoterms= términos internacionales de cotización aceptados universalmente, y obligatoriamente usados para todas las cotizaciones internacionales.
3) Aprenderemos a paletizar y contenereizar, o sea entarimar y llenar una caja de trailer llamada en ingles container, y definiremos los mínimos a exportar o sea la oferta mínima que se puede exportar así como el tamaño de nuestra empresa en proporción del tamaño del embarque mínimo internacional.
4) También conoceremos que tenemos que adaptarnos a las especificaciones de calidad, de empaque y precio demandadas por el mercado meta a conquistar.
5) Y finalmente compararemos los precios internacionales con los nuestros para conocer la competitividad que tenemos.
6) En el caso que nuestra cotización resultara sin rentabilidad y competitividad, veremos algunas alternativas para lograr mejorar el precio la calidad y presentación
7) fijaremos la utilidad de acuerdo a los márgenes que usualmente fijan nuestros competidores
8) a través de varios casos prácticos aprenderemos a usar cada uno de los incoterms, calculando los costos de operación internacionales para trasladar del lugar de producción, nuestro producto al puerto de salida nacional y al puerto de entrada del comprador
2004
PRESENTACIÓN DE UNA OFERTA INTERNACIONAL
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2004
CASO PRÁCTICO CÁLCULO COSTO DE PRODUCCCIÓN
BASE DE LA COTIZACIÓN
PRODUCTO A EXPORTAR: PANTALÓN DE MEZCLILLA HOMBRE
COSTO DE PRODUCCIÓN
(COSTO DIRECTO) EN PESOS %
1.- TELA 1.16MTS. MEZCLILLA $31.80 $ 36.8880 46.82
2.- TELAS BOLSA 0.27 MTS. $9.80 $ 2.6460 3.36
3.- ETIQUETAS, HILO Y BOTONES $ 4.9659 6.30
4.- DESPERDICIOS, MERMA Y SEGUNDAS $ 0.9681 1.23
5.- MANO DE OBRA Y PRESTACIONES $ 14.3076 18.16
6.- DEPRECIACIÓN Y MAQUINARIA $ 0.8461 1.07
7.- ENERGÍA ELÉCTRICA Y LUBRICANTES $ 0.3442 0.44
8.- GASTOS FINANCIEROS Y ADTIVO $ 7.5999 9.65
9.- PROCESO DE LAVADO Y PLANCHADO $ 8.6082 10.93
10.- REVISADO Y ETIQUETADO $ 1.6097 2.04
$ 78.7837 100%
NO INCLUYE INDIRECTOS NI UTILIDADES
AL TIPO DE CAMBIO DE $11.25 x $1.00 U.S. DÓLAR
$78.7837 / $11.25 =COSTO TOTAL $7.0029 EN DÓLARES POR PANTALÓN
CASO PRÁCTICO
COTIZACIÓN INTERNACIONAL DE JEANS DE MEZCLILLA
1.- UNIDAD DE COTIZACIÓN JEAN
2.- UNIDAD DE MANEJO EXPORTACIÓN (EMPAQUE) CAJA DE CARTÓN 30 JEANS
3.- MEDIDAS DE LA CAJA O EMPAQUE 56 x 56 x 25 CMS.
4.- PESO DE LA CAJA CON 30 JEANS 24 KGS.
5.- UNIDAD DE BASE PARA COSTO DEL FLETE VOLUMEN DE PRODUCTO EN M3
FÓRMULA PARA OBTENER VOLUMEN DE LA CAJA
LADO x LADO x ALTURA CAJA MIDE 56 CMS. x 56 CMS. x 25 CMS. ALTO
0.56 x 0.56 x 0.25 = VOLUMEN CAJA
VOLUMEN DE LA CAJA CON 30 JEANS = 0.0784 M3
CAJAS EN METRO CUBICO= 1.000 M3 / 0.0784 = 12.75 CAJAS
TRANSPORTE A UTILIZAR TRAILER 18 TONS. O CONTAINER DE 20 PIES
CAPACIDAD DEL CONTENEDOR DE 20 PIES= 18 TONS. Ó 31.5 M3
MEDIDAS INTERIORES DEL CONTENEDOR 2.40 x 2.22 x 5.925 = 31.5 M3
BASE ALTO LARGO
CAJAS DE JEAN POR CONTENEDOR 28 M3 / 0.0784 = 357 CAJAS
CAJAS POR CONTENEDOR 350
JEANS POR CONTENEDOR 350 CAJAS x 30 JEANS = 10,500 JEANS
BASE DE COTIZACIÓN POR TRAILER O CONTENEDOR 10,500 JEANS
EJEMPLO DE CÁLCULO DE UNA COTIZACIÓN INTERNACIONAL.
UNIDAD: UN PANTALÓN DE MEZCLILLA
PESOS $11.25x1
U.S.DÓLAR
1.- COSTO DEL PRODUCTO $78.7837 $7.0029
2.- COSTO ETIQUETAS PARA EXPORTACIÓN $ 0.2650
3.- COSTO DE EMPAQUE, CAJA Y FLEJE $ 0.3633
(CAJA $9.80 + FLEJE $ 1.10 = $10.90 / 30 JEANS)
4.- GASTOS FINANCIEROS Y ADMOS DE EXPORTACI$ 1.1911 ________
EXW Ó F.C.A. PLANTA MÉXICO D.F. $ 80.6031 $ 7.1647 COTIZACIÓN F.O.B. MÉXICO .D.F.
5.- GASTOS DE VENTAS (5%) $ 4.0301
(COMISIÓN COMERCIALIZADORA)
6.- FLETE TERRESTRE MÉXICO D.F/VERACRUZ, VER.$ 0.5523
($5,800. X CONTENEDOR 20’ CON 10,500 JEANS)
7.- SEGURO DE TRANSPORTE EN EL PAÍS (0.80%) $ 0.6448
8.- AGENTE ADUANAL ($2,800 x CONTENEDOR) $ 0.2666
9.- TRÁMITES EXTRA DE EXPORTACIÓN $_______ _______
COTIZACIÓN F.O.B. ó F.A.S. VERACRUZ $86.0969 $7.6530
10.- FLETE MARÍTIMO VERACRUZ/SANTOS, BRASIL
TARIFA FLETE POR CONTENEDOR
U.S. DÓLARES $3,560 / 10,500 UNIDADES $ 3.8137 $ 0.3390
COTIZACIÓN C.F.R. SANTOS, BRASIL $ 89.9106 $ 7.9920
11.- SEGURO MARÍTIMO INTERNACIONAL (0.30%) $ 0.2697 $ 0.0239
COTIZACIÓN C.I.F. SANTOS, BRASIL $90.1803 $ 8.0160
PRESENTACIÓN DE UNA OFERTA INTERNACIONAL
ITEM: INDIGO DENIM JEANS
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